«Estoy de excedencia y no quiero volver«, es algo que pueden pensar muchos trabajadores durante este periodo en el que deciden suspender temporalmente su relación laboral con la empresa. ¿Pero qué es exactamente una excedencia y que pasa si no te reincorporas? Analicemos en detalle esta situación para saber qué opciones tienes y si podrías cobrar prestación por desempleo.
¿Qué es una excedencia?
La excedencia laboral es una situación legal en la que un empleado puede solicitar a su empresa un permiso no remunerado para ausentarse de su puesto temporalmente. Existen dos tipos de excedencia: voluntaria y forzosa. La primera es solicitada por el trabajador y puede durar entre 4 meses y 5 años, mientras que la segunda suele estar relacionada con situaciones específicas como el desempeño de un cargo público. En un caso y en otro, el trabajador mantiene su vínculo laboral y sus derechos, por ejemplo, la protección social y la conservación de su antigüedad en la empresa, sin embargo, durante este periodo no percibe salario alguno.
¿Qué ocurre si no me reincorporo tras la excedencia?
Estoy de excedencia y no quiero volver a mi trabajo, ¿Qué hago? Si durante este periodo tomas la decisión de no reincorporarte, lo primero es comunicarlo a tu empresa. El empleador no está obligado a mantener tu puesto, pero sí a readmitirte en uno de igual o similar categoría. No obstante, si has tomado la determinación de no regresar, ten en cuenta que estás renunciando voluntariamente a tu empleo. Así pues, tu elección va a tener consecuencias en cuanto a tus derechos y prestaciones.

Estoy de excedencia y no quiero volver, ¿tengo derecho a cobrar el paro?
Al tratarse de una renuncia voluntaria, no tendrás derecho a cobrar el paro. Esto es porque para acceder a la prestación por desempleo, es necesario que la finalización del contrato se deba a causas ajenas a la voluntad del trabajador. En este caso, serías tú quién ha decidido que no quieres volver de tu excedencia y, por tanto, estás renunciando de motu propio a tu puesto de trabajo.
No quiero volver de mi excedencia, pero he trabajado en otra empresa durante este tiempo
Si durante la excedencia voluntaria trabajaste en otra empresa, podrías tener derecho a prestaciones por desempleo. Eso sí, siempre y cuando este contrato se extinguiera por causas ajenas a ti. Veamos los dos casos posibles según el SEPE:
- Si la excedencia voluntaria aún no ha terminado al finalizar contrato, el trabajador tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo durante el tiempo restante. Sin embargo, si solicita la reincorporación y la empresa no puede aceptarla o la deniega temporalmente, el trabajador seguirá percibiendo la prestación. Esto será así hasta su reincorporación o hasta que la prestación finalice.
- Si la excedencia voluntaria ya ha terminado o no se ha acordado una duración mínima, antes de solicitar la prestación por desempleo es necesario pedir la reincorporación a la empresa y esperar su respuesta. Solo en ese momento se puede resolver la solicitud de prestación. Si la compañía indica que no es posible la reincorporación, entonces sí existe derecho a solicitar la prestación por desempleo.
En conclusión, si estás de excedencia y no deseas reincorporarte a tu empleo, es importante que analices las implicaciones legales y económicas de esta decisión. Aunque es una opción personal, es fundamental conocer tus derechos y responsabilidades antes de tomar una determinación definitiva.
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